Si perteneces al SFF-CGT esto te interesa para aclarar las dudas que te puedan surgir:

¿Yo estoy afiliado a CGT o al SFF-CGT?

Tú afiliación siempre lo es a CGT a través de sus distintos sindicatos en los territorios.

En realidad el SFF-CGT no es un sindicato dentro de la organización, es un ente sectorial que se creó para coordinar la acción sindical en las empresas ferroviarias.

¿Donde están afiliadas las personas coordinadas a través del SFF-CGT?

Es fácil, los estatutos de CGT establecen que tu sindicato (artículo 11 Estatutos CGT), puede ser un sindicato sectorial (Transportes y Comunicaciones) o en su ausencia, es el de Oficios Varios o Sindicatos Únicos, que se encuentre en la zona donde resides o donde trabajas, (artículo 28 Estatutos CGT) tú decides cuál. Si no lo conoces búscalo en el mapa que CGT pone a disposición en su propia página WEB:

Mapa de cgt.org.es

En este sindicato será donde te facilitarán, por ejemplo, los servicios jurídicos si tienes problemas en la empresa, o podrás votar para decidir en las asambleas sobre temas orgánicos, incluso podrás representar a tus compañeros y compañeras en los comicios si así se decide.

Puede suceder que te hayas inscrito directamente en la página web del SFF-CGT o en la web de la plataforma “como ser ferroviario” de CGT y a algunas personas eso le lleva a confusión; por eso debes tener claro que el SFF-CGT simplemente se encarga de enviar internamente tu afiliación a la sede de tu sindicato provincial de CGT (artículo 28 Estatutos CGT).

El SFF-CGT también se encarga de gestionar las cuotas por nóminas por operativa de las empresas ferroviarias, teniendo que tramitar internamente el traspaso de esas cuotas al sindicato al que pertenezcas.

¿Es mi sección sindical igual que mi sindicato?

Las secciones sindicales están formadas por la afiliación de CGT en una zona que pertenecen a una empresa o a un conjunto de empresas (en nuestro caso las que forman el sector ferroviario). Por ejemplo: una persona estaría afiliada al sindicato de OOVV (Oficios Varios) de Oviedo o al Sindicato de Transportes de Barcelona, y pertenecería a la sección sindical del sector ferroviario de ese sindicato de CGT, (artículo 12 Estatutos CGT).

A su vez, todas esas secciones, para coordinarse en actuaciones como una huelga o la negociación del convenio, que tiene un ámbito superior al de tu localidad, se reúnen y se coordinan a través del SFF-CGT para llevar a cabo las acciones sindicales sin más (artículo 25 Estatutos CGT).

Para los temas orgánicos de CGT y para las decisiones en la organización cada afiliado o afiliado toma las decisiones en su sindicato local, y el SFF-CGT no interviene en estos temas ni puede preguntarle a las secciones por esos temas porque no es su ámbito (artículo 17 Estatutos CGT).

¿Debe cumplir el SFF-CGT con los estatutos y acuerdos de CGT?

En los propios estatutos del SFF-CGT así se establece, porque es obligación de toda la afiliación y los entes cumplir los estatutos y acuerdos de CGT, que son decididos entre toda la afiliación a través de las asambleas de los sindicatos en los que, por democracia directa, cada afiliado o afiliada tiene un voto, y la afiliación que es coordinada por el SFF-CGT siempre tiene la oportunidad de votar en sus sindicatos (artículo 8 Estatutos CGT).

¿Puede el SP (Secretariado Permanente) del SFF-CGT decidir convocar a las secciones sindicales para tomar decisiones sobre acuerdos adoptados por los sindicatos de CGT de los distintos sectores o localidades?

El SFF-CGT, como ya hemos indicado solo tiene capacidad para proponer temas relacionados con la acción sindical del sector ferroviario. Orgánicamente no pueden tomar decisiones acerca de acuerdos ya tomados por la afiliación de los distintos sindicatos de CGT, entre otras cosas porque la afiliación coordinada por el SFF-CGT ya ha votado en sus sindicatos por esos temas y por democracia directa en esos sindicatos se han tomado acuerdos que se han ido aportando en los distintos comicios de la organización que reflejan finalmente el resultado de las distintas asambleas. Una vez tomados los acuerdos, por ejemplo en Plenos, Congresos y Conferencias Sindicales (máximos órganos de decisión de CGT), se ha reflejado lo que ha decidido toda la afiliación, con lo cual no se podría pretender por parte del SP del SFF-CGT, que la afiliación de CGT a través de las secciones sindicales voten, porque ya la afiliación ha emitido el voto en sus respectivos sindicatos locales que es donde corresponde. Y no se puede ir en contra de los acuerdos que se deciden por toda la CGT por parte de grupos de secciones sindicales. Igualmente estamos obligados a respetar los acuerdos generales de CGT emanados por toda la organización a través del Comité Confederal.

Por estas razones un SP no puede convocar para tomar decisiones sobre acuerdos sobre los que ya han decidido toda la organización, y se han llegado a acuerdos, entre otras porque un afiliado o afiliada al SFF-CGT no puede votar dos veces sobre un mismo tema, y menos hacerlo cuando ya se ha zanjado el asunto.

Con esta entrada, desde Ateneo Ferroviario Libertario esperamos haberte ayudado a comprender un poco mejor a CGT, si ves que te ha ayudado, no dudes en compartirla.