Por sentencia del Tribunal Supremo STS 707/2023, del 28 de febrero del 2023, se falló a favor de poder reclamar el 75% de lo cotizado a las mutuas laborales hasta el 31 de diciembre del 1978, ya que el 1 de enero del 1979 se regularon todas las cotizaciones laborales a través de la Seguridad Social.

Aquellas ferroviarias y ferroviarios de Renfe que ingresaron antes del 31 de diciembre del 1978 y son pensionistas, pueden reclamar todos los meses afectados del periodo con mutuas laborales.

Facilitamos dos modelos para reclamar, el impreso de la Agencia Tributaria por si no se tiene ningún dato de estos años y la solicitud de rectificación para utilizar si se tienen todos los datos de nóminas, mutuas, etc.